REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE PEQUEÑOS HURTOS

Los condenados 3 veces por hurtos de menos de 400 € podrán ser castigados con prisión de 6 a 18 meses

La Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, modifica el artículo 234.2 del Código Penal, contenido en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, que queda de esta manera: «Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235. No obstante, en el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400 €, se impondrá la pena del apartado 1 de este artículo. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo».