LISTA FALCIANI. SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 97/2019

En esta sentencia, el Pleno del Tribunal Constitucional avala el uso de los datos incriminatorios contra el acusado de defraudar a Hacienda, pero cambia el criterio jurisprudencia al admitir que la invasión de la intimidad pueden realizarla ilícitamente no sólo las autoridades, sino también un particular, apreciándose en tal caso, como regla general, la exclusión de los elementos probatorios por vulneración del derecho a un proceso justo con todas las garantías del artículo 24.2 CE:

“Con carácter general, hay que tener presente que el dato de que la vulneración originaria del derecho sustantivo fuera cometida, en el caso que nos ocupa, por un particular no altera en absoluto el canon de constitucionalidad aplicable desde la óptica del derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE), de suerte que la exclusión de los elementos probatorios obtenidos ha de ser, también en este tipo de supuestos, el punto de partida o regla general, si bien, en cada caso concreto, el órgano judicial puede apreciar, con arreglo a los parámetros que ya han sido expuestos, la ausencia de necesidades de tutela procesal en relación con la vulneración consumada, incorporando, en esos casos excepcionales, los elementos controvertidos al acervo probatorio.”

ACCEDE A LA SENTENCIA ÍNTEGRA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Nº. 97/2017 DEL CASO FALCIANI.

https://www.boe.es/boe/dias/2019/08/12/pdfs/BOE-A-2019-11909.pdf